EANA informa a quienes posean u operen aeronaves de reducido porte y matrícula nacional que ya pueden abonar la Tasa Unificada (TU) correspondiente a este año. La TU, aplicable a los aviones y helicópteros cuyo peso es menor o igual a 5.700 kg, cubre todos los servicios de navegación área brindados por EANA S.E.
El pago de la Tasa Única puede efectuarse de manera presencial en las oficinas AIS/COM de todo el país, o bien mediante transferencia bancaria. En este último caso, las consultas y solicitud de la liquidación correspondiente deberán ser dirigidas a: liquidación-tasas@eana.com.ar.
El plazo para abonar la TU sin incurrir en mora finaliza el 31 de marzo del 2021. A partir de esta fecha se aplicarán intereses.
Es importante destacar que la liquidación 2021 ya tiene aplicada, para todos aquellos que han cumplido con las condiciones establecidas por la Disposición 72/2020, la compensación correspondiente.
La TU
Para la liquidación de la Tasa Unificada, EANA utiliza información provista por el registro oficial del Sistema Integrado de Aviación Civil (SIAC) de aeronaves de reducido porte y matrícula nacional. El SIAC actualiza anualmente la base de datos con el fin de contar con un listado más exhaustivo de las matrículas que son alcanzadas por la TU. Esta base de datos contiene información sobre la titularidad de las aeronaves y la actividad en la que son empleadas (agricultura, escuelas de vuelo, y otras).
La TU se liquida en forma masiva una vez por año y de acuerdo a las características de las aeronaves.
En el cálculo de la facturación se consideran las siguientes variables:
- MTOW (peso máximo de despegue).
- Año de fabricación de la aeronave.
- Arancel por tonelada.
El cuadro tarifario vigente según la Resolución ANAC N° 98/2015 es el siguiente:
Año de fabricación |
Monto en AR$ por tonelada |
1996 y anteriores |
3.063 |
1997-2001 |
3.438 |
2002—2006 |
3.813 |
2007-2011 |
4.313 |
2012 y posteriores |
4.688 |